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Funciones

Funciones que ejercen los organismos públicos en el ámbito administrativo de su competencia.

Funciones de los departamentos, negociados y unidades administrativas en el ámbito de su competencia. De acuerdo con las previsiones establecidas en el Reglamento de organización general de la Entidad Local en la normativa en vigor, se informa de la estructura funcional-jerárquica, integrada por las áreas y unidades que se citan.

El artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), atribuye al municipio, en su calidad de Administración Pública de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, "las potestades reglamentarias y de autoorganización”.
Dicha potestad de autoorganización es atribuida orgánicamente al Pleno de la Corporación, en virtud del arte. 22.2.d) de la LRBRL exigiendo para su ejercicio el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, según 920 el artículo 47.3.a) de la misma Ley Básica de Régimen Local, ambos preceptos con la redacción dada por la Ley 4/1999, de 21 de abril.
En consecuencia, y haciendo uso de la atribución que la legislación de régimen local atribuye al Pleno de la Corporación se aprueba el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Massanassa (ROM).